Alcanzar altos niveles de satisfacción de nuestros clientes mediante la provisión de soluciones tecnológicas, integrales y sostenibles en el tiempo, en los ámbitos de tecnología de la información y análisis químico.
Proveer soluciones tecnológicas con productos de marcas reconocidas y soporte de alta calidad, estableciendo relaciones comerciales de mutuo beneficio con el respaldo de nuestro recurso humano competente y comprometido.
Estamos comprometidos con el cumplimiento de los principios morales inherentes a la actividad empresarial, anteponiéndolos a los beneficios económicos, para acabar con prácticas corruptas que destruyen la sociedad y su economía.
Actuamos siempre con transparencia, honestidad y honradez, guiándonos por sólidos principios que defenderemos ante cualquier circunstancia.
Constituye la base de nuestra convivencia, por ello reconocemos y respetamos el valor de nuestros colaboradores y clientes, así como el del medio ambiente y el de nuestra comunidad. Acogemos diferentes puntos de vista, respondiendo con un trato educado, correcto y justo.
Buscamos la excelencia como forma de trabajo, fomentando la iniciativa y la agilidad en la toma de decisiones, para actuar con oportunidad, rapidez y efectividad.
EQUANTI SAC, se compromete a:
Ofrecer productos innovadores de alta tecnología y reconocida calidad, soporte técnico altamente confiable y personal capacitado, que permita maximizar la rentabilidad de sus usuarios.
Mejorar continuamente nuestro sistema de gestión de la calidad, cumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios aplicables, así como con los requisitos del cliente y de las partes interesadas, a fin de garantizar su satisfacción.
EQUANTI SAC ha implementado un sistema de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, cuya finalidad es crear y mantener un entorno de trabajo eficaz y seguro, velando por el bienestar de los trabajadores y fomentando una cultura de prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.
Por lo que se compromete a:
Objetivo – La presente Política Anticorrupción ha sido aprobada por la Gerencia General de EQUANTI, como un paso adicional al fiel y decidido compromiso con los VALORES que rigen la manera de desarrollar sus actividades y su cultura corporativa.
Conductas Prohibidas - Ninguna transacción económica, contrato, convenio o acuerdo debe realizarse cuando existan razones suficientes para creer que puede existir algún tipo de vinculación con actividades indebidas o corruptas por las contrapartes involucradas.
A estos efectos, se entiende por prohibidas y sancionables las siguientes conductas en el desarrollo de cualesquiera funciones y actividades de EQUANTI:
Se prohíbe terminantemente el ofrecimiento, promesa, autorización o entrega, directa o indirecta, de cualquier clase de incentivo monetario, comisión, regalo o retribución a cualquiera empleado, directivo o administrador de otras empresas o entidades privadas, así como a autoridades, funcionarios públicos, empleados o directivos de empresas y organismos públicos, con el propósito de que, incumpliendo sus responsabilidades y, en su caso la legalidad vigente, actúen o dejen de actuar para favorecer un determinado negocio u obtener una ventaja empresarial indebida.
Estas entregas, promesas, autorizaciones u ofrecimientos, están prohibidas tanto si se realizan directamente como si se realizan de forma indirecta a través de colaboradores, socios, asociados, agentes, intermediarios o cualquier persona interpuesta.
Todos los Sujetos Obligados (trabajadores de EQUANTI y personas que ostentan su representación), tienen la obligación de rechazar y comunicar de inmediato al “Compliance Officer” cualquier solicitud que le realice un tercero, de incentivos monetarios, comisiones, regalos o retribuciones de las previstas en este apartado
Quedan terminantemente prohibidos los pagos de facilitación o agilización de trámites consistentes en ofrecer, prometer, autorizar o entregar, de forma directa o indirecta, incentivos monetarios, comisiones, retribuciones o cosas de valor a funcionarios y servidores públicos o a empleados y directivos de entidades privadas con el fin de agilizar trámites judiciales o administrativos, o de cualquier otra naturaleza.
Con carácter general, los Sujetos Obligados no realizarán ni admitirán ningún tipo de regalo u obsequio que pueda ser interpretado como algo que excede las prácticas comerciales o de cortesía normales o que no pueda ser considerado como “regalo de empresa”.
Órgano de cumplimiento – Para asegurarse del debido cumplimiento de la presente Política Anticorrupción, se implementa en EQUANTI el Órgano de Control Interno, para el seguimiento de los controles implantados y de los eventuales riesgos; estando a cargo del Coordinador del SGC el cumplir con las funciones de “Compliance Officer” de EQUANTI, teniendo en términos generales, las siguientes funciones:
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